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Showing posts from April, 2021

Albaceazgo voluntario

  El albaceazgo es un cargo voluntario y de conformidad con los artículos 1592 del Código Civil para el Estado de Nuevo León, 3037 del Código Civil del Estado de Jalisco y 786 del Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, puede aceptarse o no, por lo que nadie puede ser obligado a asumir y cumplir con los deberes y las responsabilidades que implica. Su aceptación constituye da origen a deberes y derechos a cargo y estará facultado para conferir poderes. La referida tesis de jurisprudencia se publicó el viernes 27 de noviembre de 2015 en el Semanario Judicial de la Federación, siendo de aplicación obligatoria a partir del lunes 30 de noviembre de 2015.

La identidad y datos biométricos en la reforma de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión

  El decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la , publicado el 16 de abril de 2021 señala que "Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados, deberán recabar e ingresar la información sobre la identidad, datos biométricos y domicilio del usuario, así como proporcionar la información con la cual se integrará el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. Para efectos de lo anterior se utilizarán medios digitales y se permitirán medios remotos, siempre que se garantice la veracidad e integridad de la información, conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que emita el Instituto. Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados, registrarán la información relativa a altas, bajas, y demás movimientos asociados a la línea telefónica móvil, que permitan mantener actualizado el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil."