Skip to main content

Servicio de Administración y Enajenación de Bienes en la normatividad vigente, se entenderá Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado.

Este 22 de enero de 2020, se publicó el Decreto que reforma el artículo Séptimo transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Nacional de Extinción de Dominio, y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, de la Ley de Concursos Mercantiles y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de agosto de 2019, para quedar señalar:

“Séptimo. Todas las referencias que hagan mención al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes en la normatividad vigente, se entenderán realizadas al Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, por lo que las obligaciones a cargo de dicho organismo que se generen con la entrada en vigor del presente Decreto, se cubrirán con cargo al presupuesto aprobado para el ejercicio fiscal en curso, por lo que no se requerirán recursos adicionales para tales efectos y no se incrementará el presupuesto del organismo descentralizado, y en caso de que se realice alguna modificación a su estructura orgánica, ésta deberá realizarse mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, los cuales serán cubiertos por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado a costo compensado, por lo que no se autorizarán ampliaciones a su presupuesto para el presente ejercicio fiscal ni subsecuentes como resultado de la entrada en vigor del presente Decreto.”

Comments

Popular posts from this blog

Prueba de Inclinación para Embarcaciones

  Este 30 de octubre de 2023 se publica la NORMA Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-002-SEMAR-2023, Prueba de Inclinación para Embarcaciones. Norma que establece el método de la prueba de estabilidad para determinar (en la condición de carga en rosca como prueba de estabilidad) busca determinar (en la condición de carga en rosca), la posición vertical del centro de gravedad de la embarcación o artefacto naval, la altura metacéntrica inicial y la posición longitudinal del centro de gravedad, aplicándola a embarcaciones navales nacionales al término de su construcción, así como a las existentes que hayan sufrido modificaciones significativas, que alteren su desplazamiento en rosca o la posición de su centro de gravedad.

Pasos de fauna

 El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ha decretado la adición de un artículo 22 Bis a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para señalar que el diseño de nuevas construcciones de caminos, carreteras y autopistas, así como en la modernización de las existentes, la Secretaría, observando la protección y conservación de los ecosistemas, deberá contemplar, en su diseño y en su plan de conservación, la implantación de pasos de fauna (estructuras transversales a un camino, carretera o autopista con el objetivo de habilitar el paso seguro de fauna silvestre a los hábitat fragmentados por la construcción de dichas vías de comunicación), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de noviembre de 2023. #mexico #leyes #ley #caminos #puentes #aerotransportes #aeropistas #ambiente #ecosistema #derecho #ASUNTOSJURIDICOSMBA #miqueasbautista #abogado #oaxaca

Consultar la necesidad de Aclaración o Rectificación

  Un gran número de actas de nacimiento se encuentra disponible en línea y pueden ser obtenidos e impresos en su formato electrónico, previo el pago de derechos correspondientes, en   https://www.gob.mx/ActaNacimiento/ Es importante realizar la consulta en dicho sistema, ya sea ingresando los datos personales o la Clave Única de Registro de Población (CURP), ya que el no encontrarse o ubicarse en internet, puede deberse a errores o inconsistencias que deben ser aclarados o rectificados, es decir, materia de Trámite de Aclaración o de Juicio de Rectificación; en ambos casos puedo realizar las gestiones correspondientes. Mi nombre es Miqueas Bautista Arce, teléfono con WhatsApp 9515694910, correo miqueasbta68@gmail.com y página http://asuntosjuridicosmba.wordpress.com y ubicable en las distintas redes sociales.   https://asuntosjuridicosmba.wordpress.com/2023/09/30/de-las-actas-de-nacimiento-en-linea/