El
día de hoy 01 de diciembre de 2020, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación
el decreto que reforma a la
fracción V del artículo 102 de la Ley Nacional del Sistema Integral
de Justicia Penal para Adolescentes, que señalaba que
“el Juez fijará el plazo de suspensión condicional del proceso, que no podrá
ser inferior a tres meses ni superior a un año, y determinará una o varias de
las condiciones que deberá cumplir la persona adolescente. Además de las
condiciones que establece el Código Nacional se podrán imponer las siguientes:
…
I. al IV. …
V. Abstenerse de
consumir drogas o estupefacientes o de abusar de las bebidas alcohólicas;
VI. y VII. …
:::
…
…”
Para quedar como sigue:
Artículo 102. Condiciones
...
I. a IV.
...
V. Abstenerse
de consumir drogas, estupefacientes y bebidas alcohólicas;
VI. y VII. ...
...
...
...
...
La reforma entra en vigor el día 2 de diciembre de 2020.
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