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De la Separación de Bienes en el Matrimonio


 Conforme al Código Familiar para el Estado de Oaxaca, en el régimen de separación de bienes, los cónyuges conservan la propiedad y administración de los bienes que respectivamente les pertenezcan y, por consiguiente, todos los frutos y las accesiones de dichos bienes no serán comunes sino del dominio exclusivo del dueño de ellos, sin perjuicio de las cargas que sobre esos bienes deban pesar de acuerdo con los fines de la sociedad conyugal.

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